El coordinador de Morena en el Senado de la República, Ricardo Monreal, informó que Emilio Lozoya, ex director de Petróleos Mexicanos (Pemex) durante la administración de Enrique Peña Nieto, está en calidad de testigo colaborador, por lo que está comprometido en proporcionar información de la cual proceda una investigación de un delito mayor del que se le acusa, mientras tanto se le facilitarán medidas de protección de seguridad y apoyos económicos para solventar sus necesidades básicas y suspensión del ejercicio penal hasta comparecer ante un juez.
Emilio Lozoya, testigo colaborador
-De acuerdo con el artículo 15 de la Ley Federal para la Protección a Personas que Intervienen en el Procedimiento Penal, Emilio Lozoya se incorpora al Programa Federal de Protección de Personas, bajo la figura jurídica de testigo colaborador, que es la persona que “accede voluntariamente a prestar ayuda eficaz a la autoridad investigadora, rindiendo al efecto de su testimonio o aportando otros medios de prueba conducentes para investigar, procesar o sentenciar a otros sujetos”.
Beneficios que tendrá Emilio Lozoya
Según el acuerdo A/099/17 por el que se establecen los criterios generales para la aplicación de los criterios de oportunidad, el testigo colaborador –en este caso Emilio Lozoya– deberá proporcionar información esencial y eficaz para la persecución de un delito más grave del que se le acusa y deberá comprometerse a testificar en los juicios que emanen de los datos que provea.
Mis fuentes oficiales en España,quienes investigaron y arrestaron a #EmilioLozoya aseguran que está perfectamente sano.Que sus vínculos con la mafia rusa y el blanqueo de capitales están demostrados. La carpeta entregada a @FGRMexico prueba delincuencia organizada transnacional pic.twitter.com/BfqHS3ve7w— Lydia Cacho (@lydiacachosi) July 17, 2020
Los delitos que se le atribuyen al ex director de Pemex son: delincuencia organizada, cohecho y operaciones con recurso de procedencia ilícita en los casos Odebrecht y Agro Nitrogenados.
De la información proporcionada, debe desprenderse una investigación ya sea por el mismo delito, en donde los nuevos imputados tendrán que haber generado una mayor afectación que el testigo o acreditar que tuvo un grado de participación menor; o la información deberá coadyuvar a la persecución de un nuevo delito donde la pena sea mayor a la media aritmética de la que se le imputa al testigo.
En esencia, esta legislación permite a los testigos colaboradores y protegidos, acceder a medidas de seguridad que salvaguarden su integridad física, psicológica, patrimonial y familiar, así como custodia policial, alojamiento temporal, reubicación, inclusive se puede gestionar, de ser necesario, una nueva identidad.
También se les proporcionará asistencia médica, asesoramiento jurídico, acompañamiento en la gestión de trámites y apoyo económico para gastos indispensables, siempre y cuando la persona se encuentre imposibilitada para obtenerlos por sus propios medios.
Emilio Lozoya
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