Sobre el matrimonio infantil en Colombia, la Corte Constitucional fue inhibida - Imperio Noticias

>

Sobre el matrimonio infantil en Colombia, la Corte Constitucional fue inhibida

Magistrado consideró que por “ineptitud sustantiva” de la demanda interpuesta sobre el matrimonio infantil, la Corte Constitucional se inhibió.

Sobre el matrimonio infantil en Colombia la Corte Constitucional se inhibió

En Colombia la Corte Constitucional se inhibió de proferir una decisión de fondo sobre la edad mínima para contraer matrimonio o como se le conoce conmumente, el matrimonio infantil.

Los artículos 140 del Código Civil y el artículo 53 de la Ley 1306 de 2009 en Colombia fijan la edad mínima para contraer matrimonio en 14 años, lo que significa que por ley los niños y niñas entre los 14 y los 18 años pueden casarse sin la autorización de sus padres.



En agosto de 2021 el abogado Camilo Ortega demandó, y respaldado de manera conceptual por el Instituto de Bienestar Familiar (ICBF) y el Ministerio de Salud; la declaración de inexequibilidad del artículo 53 del Código Civil y el artículo 53 de la Ley 1306.

Ortega exige tumbar ambos artículos con efectos retroactivos con el objetivo de que todo menor pueda solicitar la nulidad de su matrimonio en cualquier momento, no importa que éste ya sea mayor de edad cuando la Corte falle.

Matrimonio infantil en Colombia



La Corte Suprema ya ha fallado a favor de una demanda interpuesta por un adolescente que se fue a vivir con una mujer mayor de edad y quien falleció tiempo después.



Resultó que luego de la muerte de ella, su familia trató de evitar que la convivencia fuera declarada legal y dijeron que la sociedad patrimonial no era válida debido a que cuando se casaron el joven tenía 14 años y ninguno tenía permiso de los padres.

Pero el tribunal negó la solicitud y la Corte confirmó que desde los 14 años es razonable que una persona tenga la capacidad de asumir responsabilidades de casarse o iniciar una unión marital.

Sobre el matrimonio infantil en Colombia la Corte Constitucional se inhibió

De acuerdo a la Corte a esa edad hay facultades psíquicas y morfológicas y de discernimiento para tomar esa decisión y no requiere un permiso parental.



En un comunicado la Corte dio a conocer que se inhibió por “Ineptitud Sustantiva”. Lo que significa que no le es posible hacer control judicial sobre la demanda interpuesta por Ortega.

Menor se casa con mujer adulta



En la demanda el litigante argumentaba que el matrimonio infantil contradice los derechos a la vida y a la salud (tanto física como mental) de los menores y en el caso de las niñas es una violación a sus derechos y representa “una forma de violencia” específica en su contra.

Sobre el matrimonio infantil en Colombia la Corte Constitucional se inhibió

También declaró que vulnera el derecho a la educación ya que “imposibilita el establecimiento de un proyecto de vida propio, libre y pleno en cabeza de las mujeres. En los peores casos, se convierte en un mecanismo para perpetuar la trata de personas a través de la compra y venta de menores”.



Luego que la Corte Constitucional se inhibió sobre el matrimonio infantil, la procuradora Margarita Cabello dijo que era el Congreso y no la Corte, la entidad encargada de adoptar políticas para la prevención, superación y erradicación del matrimonio de niños y adolescentes; y también de regular el matrimonio en menores en el país.



Sobre el matrimonio infantil en Colombia la Corte Constitucional se inhibió

Síguenos en Facebook y entérate de las noticias trend de la semana

No hay comentarios.:

Publicar un comentario