señala que el año pasado la resolvió como inconstitucionales las revisiones migratorias
A cuatro años de la creación de la Guardia Nacional, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación () discutirá un amparo para rectificar el papel de este cuerpo de seguridad en acciones de control migratorio.
Organizaciones como el Instituto para las Mujeres en la Migración () celebró esta acción al recordar que en mayo de 2022, la Primera Sala de la Corte resolvió como inconstitucionales las revisiones migratorias por ser una medida discriminatoria y racista.
De acuerdo con el IMUMI una resolución favorable del máximo tribunal del paÃs restarÃa la posibilidad de realizar revisiones migratorias a la Guardia Nacional, asà como a los agentes del Instituto Nacional de Migración (INM).
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El instituto señala que “el hecho de que otras autoridades, diferentes a la migratoria, realicen labores de control migratorio no las hace constitucionales y mucho menos válidas, por el contrario refleja una práctica arbitraria y violatoria de la Constitución que no puede perpetuarse”.
Además, el IMUMI sostiene que hace una semana las y los ministros de la SCJN fueron claros al no permitir que la México construye muro migratorio millonario en cuatro años.
Desde que se promulgó la Ley de la Guardia Nacional sus integrantes se convirtieron en agentes migratorios, critica el IMUMI.
El instituto da cuenta de que el artÃculo 9, fracción XXXV apunta que los elementos de la Guardia “realizarán labores de control migratorio a través de la revisión de documentos y la detención migratoria”.
Es de referir que desde su creación, más de 20 mil elementos de la Guardia Nacional se desplazaron a las fronteras sur y norte, a fin de fortalecer las acciones del INM en materia de control migratorio.
Sin embargo, tal como ha documentado las noticias, la naturaleza castrense de la Guardia Nacional implicó una militarización de la polÃtica migratoria nacionalAsimismo el IMUMI recordó que en 2019, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) promovió un amparo en la SCJN para declarar como inconstitucional el artÃculo 9, fracción XXXV de la Ley de la Guardia Nacional.
De acuerdo con la CNDH “la Guardia Nacional es una institución policial destinada a funciones de seguridad pública, es decir, para prevenir, investigar y sancionar delitos, no para detener a personas migrantes cuya ausencia de documentación es una falta administrativa y no un delito”.
Sumado a esto, el IMUMI sentencia que dicho artÃculo de la ley, obliga al personal de la Guardia a discriminar porque no establece criterios objetivos para determinar qué personas pueden estar sujetas a una revisión migratoria.
De la misma forma, el instituto cuestiona que debido a esto, los elementos parten de criterios “subjetivos vinculados con estereotipos, prejuicios y estigmas respecto a las caracterÃsticas fenotÃpicas o socioeconómicas de las personas.
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